La Ley 21.643, conocida informalmente como «Ley Karin», marca un hito en la legislación chilena contra el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Promulgada el 5 de enero de 2024 y con vigencia a partir del 1 de agosto del mismo año, esta ley introduce cambios significativos que todas las organizaciones, tanto públicas como privadas, deben implementar. A continuación, presentamos una guía paso a paso para ayudar a las organizaciones a cumplir con esta nueva normativa.
Contexto y Antecedentes
La Ley Karin debe su nombre a Karin Salgado, una técnico de enfermería que se suicidó en 2019 tras denunciar persecución y hostilidad en su entorno laboral. Este trágico suceso, junto con estadísticas alarmantes sobre acoso laboral en Chile, impulsó la creación de esta ley que se alinea con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la violencia y el acoso.
Desde la Red de Recursos Humanos, queremos apoyarte en la implementación de esta ley, para no sólo cumplir con la normativa vigente, sino para promover al interior de las empresas una cultura de buenos tratos y buenas relaciones interpersonales, la seguridad psicológica y el bienestar. Para esto, compartimos contigo un paso a paso que será de utilidad en este proceso:
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La ley introduce definiciones claras de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Es crucial que todos los miembros de la organización, especialmente las personas que ocupan posiciones de dirección y de recursos humanos, comprendan estas definiciones:
– Acoso laboral: Conducta que constituya agresión u hostigamiento, ejercida por el empleador o trabajadores, que resulte en menoscabo, maltrato o humillación.
– Acoso sexual: Requerimientos de carácter sexual no consentidos que afecten la situación laboral.
– Violencia en el trabajo: Conductas de terceros (clientes, proveedores, usuarios) que afecten a los trabajadores durante la prestación de servicios.
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Desarrollar e implementar un protocolo de prevención es un requisito clave de la Ley Karin. Este protocolo debe incluir:
- Identificación de peligros y evaluación de riesgos psicosociales.
- Medidas para prevenir y controlar estos riesgos, con objetivos medibles.
- Programas de información y capacitación para los trabajadores.
- Medidas específicas para prevenir el acoso sexual, laboral y la violencia.
- Procedimientos para resguardar la privacidad y honra de los involucrados en investigaciones.
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La ley exige medidas de protección para los denunciantes. Asegúrese de:
– Establecer un sistema de denuncia confidencial.
– Ofrecer atención psicológica temprana a los denunciantes.
– Implementar medidas para prevenir represalias.
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Refuerza los procedimientos de investigación, considerando:
– La incorporación de la perspectiva de género.
– Garantizar la confidencialidad, celeridad e imparcialidad en las investigaciones.
– Colaborar estrechamente con la Dirección del Trabajo o la Contraloría General de la República, según corresponda.
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Organiza sesiones de capacitación para todos los empleados, cubriendo:
– Las nuevas definiciones y protocolos.
– Cómo identificar y reportar situaciones de acoso o violencia.
– Los derechos y responsabilidades bajo la nueva ley.
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Para esto, te recomendamos revisar y actualizar:
– El reglamento interno de la empresa.
– Las políticas de recursos humanos.
– Los contratos de trabajo, si es necesario.
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Implementa un sistema para:
– Monitorear la eficacia de las medidas implementadas.
– Recopilar feedback de los empleados.
– Realizar ajustes y mejoras continuas en los protocolos y procedimientos.
Para facilitar la implementación de la Ley Karin, ponemos a disposición los siguientes recursos:
| Documento | Link |
| Presentación Subsecretaría de previsión social. | Presentación de PowerPoint (previsionsocial.gob.cl) |
| Dictamen 362/ 19 sobre Ley 21643 | Ley-Karin_DICTAMEN-362-19.pdf (previsionsocial.gob.cl) |
| Minuta Ley N°21.643 – Ley Karin | Ley-Karin_Modificaciones-para-el-sector-publico-y-privado.pdf (previsionsocial.gob.cl) |
| Afiche empleadores | 06 VOLANTE LEY KARIN EMPLEADORES WEB (previsionsocial.gob.cl) |
| Díptico empleadores | 06 DÍPTICO LEY KARIN EMPLEADORES WEB (previsionsocial.gob.cl) |
| Afiche trabajadores | 06 AFICHE TABLOIDE LEY KARIN WEB (previsionsocial.gob.cl) |
| Diptico trabajadores | 06 DÍPTICO LEY KARIN TRABAJADORES WEB (previsionsocial.gob.cl) |
| Modelo de protocolo de prevención | https://previsionsocial.gob.cl/wp-content/uploads/2024/06/Protocolo-tipo-para-la-prevencion-del-acoso-y-violencia-en-el-trabajo.docx |
| Circular SUSESO | Ley-Karin_Circular-SUSESO-N°-3813-de-07.06.24.pdf (previsionsocial.gob.cl) |
Conclusión
La implementación de la Ley Karin representa un desafío significativo para las organizaciones chilenas, pero también una oportunidad para crear entornos laborales más seguros y respetuosos. Al seguir esta guía paso a paso y utilizar los recursos proporcionados, las empresas no solo cumplirán con la legislación, sino que también fomentarán una cultura de respeto y dignidad en el trabajo.
Para más información y asesoramiento específico, se recomienda consultar con expertos legales y en recursos humanos, así como mantenerse actualizado con las comunicaciones oficiales de la Dirección del Trabajo y otros organismos pertinentes.






