¿Es obligatorio trabajar durante los feriados en Chile?

En el Código del trabajo se establecen diferentes derechos de los trabajadores y trabajadoras del comercio, entre estos se habla sobre si es obligación trabajar los feriados en Chile. 

En este artículo te explicaremos qué significa un feriado irrenunciable, qué fechas son catalogadas como tal y cómo se debe pagar a los trabajadores. Si quieres conocer más información sobre los feriados, revisa este enlace

Tipos de Feriados en Chile

En Chile existen dos tipos de feriados:

  • Los Feriados Nacionales.
  • Los Feriados Irrenunciables. 

¿Que es un feriado irrenunciable? 

Los feriados irrenunciables son aquellos feriados en los que un colaborador del sector del retail o comercio no debe trabajar por ningún motivo, ya sea porque se celebra alguna festividad nacional o internacional. Es importante mencionar que tampoco está permitido que un empleador pacte con sus colaboradores trabajar en estos días, ya que de hacerlo corre el riesgo de sanciones.

Durante un feriado irrenunciable están cerrados supermercados, grandes tiendas o centros comerciales, siendo los únicos negocios que pueden abrir sus puertas aquellos que están siendo atendidos por sus propios dueños. Además, en las industrias esenciales -como el agua o la luz- también se trabaja durante estas fechas.  

Otro aspecto a tener en cuenta es que los feriados irrenunciables contemplan horarios, porque aunque algunos comercios están autorizados a trabajar no significa que pueden hacerlo en cualquier turno que ellos quieran. La Ley 19.973 determina las horas en que inicia y termina un feriado. 

Si la Dirección del Trabajo encuentra a una empresa trabajando durante un feriado irrenunciable, se ordenará a los colaboradores que abandonen el lugar de trabajo y la empresa será multada.

Cada año, son feriados obligatorios e irrenunciables son:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 1 de mayo: Día del Trabajador.
  • 18 y 19 de septiembre: Fiestas Patrias.
  • 25 de diciembre: Navidad.

¿Qué es un feriado nacional o no irrenunciable? 

Durante los Feriados Nacionales no es obligación para el comercio detener sus operaciones.

Son fechas como Semana Santa, Día de las Glorias Navales, Día Nacional de los Pueblos Indígenas, San Pedro y San Pablo, Virgen del Carmen, Asunción de la Virgen, Encuentro de Dos Mundos, Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes, entre otros. Son días feriados en los que no es obligación para el comercio detener sus operaciones.

¿Quienes trabajan los feriados irrenunciables? 

Cuando te preguntas si es obligación trabajar los feriados en Chile, por regla general la respuesta es: No. Sin embargo, sí existen cargos en algunas industrias en las que las personas deben trabajar durante estas fechas y que es permitido por ley.

Algunos ejemplos de estos son los restaurantes, clubs nocturnos o establecimientos de entretenimiento como cines, hoteles, entre otros. 

Del mismo modo, quienes trabajen en aeropuertos, casinos de juego, farmacias de turno o urgencia, trabajadores de expendio de combustibles y otros lugares legalmente autorizados, también podrán funcionar sin problemas en estas fechas de feriado irrenunciable.

En conclusión, de acuerdo a la Dirección del Trabajo, los trabajadores del comercio de los siguientes ítems podrán laborar en un feriado irrenunciable:

  • Trabajadores dedicados a reparar deterioros en casos impostergables.
  • Aquellos que realicen labores o servicios que exijan continuidad y no puedan ser interrumpidas o que deban ejecutarse en períodos determinados.
  • Trabajadores que presten sus servicios en naves, puertos, aeropuertos o aeródromos.
  • Los trabajadores de comercios que trabajen directamente con el público y también los que sean de primera necesidad. Algunos de estos pueden ser restaurantes, lugares de entretenimiento como cines, discotecas o circos.
  • De igual forma, trabajadores de establecimientos de salud como farmacias y hospitales, locales de expendio de combustible y hoteles, entre otros

¿Cómo se paga un feriado irrenunciable en Chile? 

Para calcular el pago del sueldo de un colaborador que trabaje durante un feriado irrenunciable se debe hacer lo siguiente: 

  1. Dividir el sueldo entre los días del mes (30) y multiplicar el resultado por 7.
  2. El nuevo resultado se divide entre las horas semanales que establece el contrato. Aquí se obtiene el equivalente al valor de una hora de trabajo en jornadas regulares.
  3. Ahora, para saber cuánto cuesta cada hora extra debes multiplicar el valor de la hora por 1,5. 
  4. El resultado será lo que debes pagarle por cada hora trabajada en los días Feriados Irrenunciables.

Ley laboral de feriados

La ley establece que “los trabajadores de comercio, excluidos del descanso en días de feriados irrenunciables, tendrán derecho a estos descansos, una vez cada dos años, es decir, un año por medio”.

Esto quiere decir que si trabajas -por ejemplo- el 1 de mayo de 2022, obligatoriamente tendrás libre el 1 de mayo de 2023. Y así sucesivamente con las otras fechas de descanso obligatorio.

Sanciones 

Si no se respeta el feriado irrenunciable, para aquellos colaboradores que no tienen cargos que deban ser trabajados en festivos irrenunciables, el empleador o empleadora será sancionado con una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada colaborador afectado.

En el caso de que tenga 50 o más colaboradores, la multa ascenderá a 10 UTM por cada uno de los  afectados. Y si tiene contratados 200 o más colaboradores, la multa será de 20 UTM.

09/03/2023

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